ANEXO 15-A SEGURO DE ATRACO

 

ANEXO 15-A SEGURO DE ATRACO


 

Mediante el Pago de prima adicional, y no obstante lo que se diga en contrario en las condiciones generales de la póliza, por medio de este anexo se extiende a cubrir los bienes asegurados contra pérdidas y/o daños causados por Atraco.

Cobertura: Pérdidas de efectivo o valores por agresión violenta (con pruebas indubitables) con uso de fuerza física, o con amenazas peligrosas contra la vida o integridad física de personas adultas empleadas, en la empresa asegurada o encargadas de la vigilancia del local o de la custodia de los fondos durante el día.

Dentro de los locales asegurados, por el efectivo o valores que se encuentren en las cajas registradoras, gavetas de los mostradores y otros muebles.

Mientras los fondos son transportados al banco para su depósito dentro de la ciudad

Limitación del seguro: Hasta la cantidad que corresponda a la recaudación de dos o tres días consecutivos, a elección del asegurado.



 

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