ANEXO 15-A SEGURO DE ATRACO
ANEXO 15-A SEGURO DE
ATRACO
Mediante el
Pago de prima adicional, y no obstante lo que se diga en contrario en las
condiciones generales de la póliza, por medio de este anexo se extiende a
cubrir los bienes asegurados contra pérdidas y/o daños causados por Atraco.
Cobertura:
Pérdidas de efectivo o valores por agresión violenta (con pruebas indubitables)
con uso de fuerza física, o con amenazas peligrosas contra la vida o integridad
física de personas adultas empleadas, en la empresa asegurada o encargadas de
la vigilancia del local o de la custodia de los fondos durante el día.
Dentro de
los locales asegurados, por el efectivo o valores que se encuentren en las
cajas registradoras, gavetas de los mostradores y otros muebles.
Mientras
los fondos son transportados al banco para su depósito dentro de la ciudad
Limitación
del seguro: Hasta la cantidad que corresponda a la recaudación de dos o tres
días consecutivos, a elección del asegurado.

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