INCOTERMS AEREOS




 

Los Incoterms aplicables en el transporte aéreo de mercancías son: EXW, FCA, CPT, CIP y DDP. Estos términos definen las responsabilidades y obligaciones del vendedor y del comprador en relación con la entrega, transporte y riesgos durante el transporte aéreo.

 

El incoterm EXW, o Ex Works: obliga al vendedor a dejar las mercancías preparadas en sus instalaciones (oficinas, almacenes, fábrica, etc.) para que el comprador las recoja allí. Es un incoterm polivalente y puede ser usado en diferentes modos de transporte (aéreo, marítimo, etc.)

 

El incoterm FCA o “Free Carrier”: significa que el vendedor debe entregar las mercancías, listas para la exportación, a la naviera escogida por el comprador en un punto acordado y especificado en el contrato de compraventa.

 

El Incoterm CPT “Carriage Paid To”: es un término que define las responsabilidades tanto del vendedor como del comprador en una transacción comercial internacional

 

El Incoterm CIP “Carriage and Insurance Paid” es un término de comercio internacional que establece que el vendedor tiene la responsabilidad de organizar y pagar el transporte y el seguro de la mercancía hasta un lugar de destino especificado.


El Incoterm DDP “Delivery Duty Paid” que significa “Gastos de envío pagos“. Es decir que, el vendedor se ocupa de pagar los todos costos, incluyendo los de importación que en otro caso pagaría el comprador.







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